Jaime Viveros entrega pormenores de la puesta en marcha de la Ley de Delitos Económicos
El pasado 17 de agosto se estableció la nueva Ley de Delitos Económicos y el Medioambiente. El reglamento establece diversas modificaciones que buscan prevenir la comisión de estas infracciones a través de imposición de mayores exigencias a las personas jurídicas y sus sistemas de cumplimiento interno, así como a los directivos y gerentes de las empresas. Jaime Viveros, asociado e integrante del grupo Compliance de Albagli Zaliasnik, explica los alcances de la medida.
La ley, conocida también como de “cuello y corbata”, tiene cinco puntos claves: Se crean cuatro categorías de delitos económicos, existirá una renovación del sistema general de penas, se actualiza y crea algunos delitos nuevos, se agrega regulación sobre el comiso de ganancias y se crean modificaciones a la Ley de Responsabilidad Penal de las personas jurídicas.
Por lo mismo, Albagli Zaliasnik (AZ) aborda las implicancias de este marco regulatorio, principalmente en el área compliance y de buenas prácticas. “El compliance es uno de los pilares de fondo del en el desarrollo de nuestro negocio. Pero no solamente significa estar preocupado de las aristas legales, sino que también esta es una disciplina bastante transversal en las áreas del derecho. Los servicios que ofrecemos tienen que ver con los sistemas de prevención de delitos al interior de las organizaciones”, explica Viveros a Revolución Circular.
El asociado indica que este tipo de ilícitos ha tomado mayor relevancia en el último tiempo con la aparición de la nueva Ley. Pero también, agrega, hay otros sistemas de cumplimiento que a veces las empresas necesitan para hacer más eficientes sus procesos. “Pero además para ordenarse internamente y darse cuenta de que hay cosas que podrían hacer bien, por defecto, y así evitarse problemas posteriores”, señala.
Jaime Viveros cuenta que ya han colaborado con algunos clientes en el desarrollo de subsistemas. Por ejemplo, en materia de los derechos de los consumidores, en términos ambientales, en lavado de activos, temas Fintech, etc. “Una de las cuestiones principales que tenemos como oficina es diseñar sistemas efectivos y eficientes de prevención de infracciones y el acompañamiento a los clientes en el día a día”, explica.
Delitos ambientales
El nuevo reglamento también tiene implicancias en temas de delitos medioambientales. Jaime Viveros señala que, desde el estallido social e incluso antes, muchas demandas de la ciudadanía señalaban que se condenaran los delitos de “cuello y corbata”, pero también los que atentaban contra la sustentabilidad del medioambiente.
Por lo mismo, la novedad de la Ley de Delitos Económico es que también incorporan, por primera vez en Chile, los delitos ambientales. “Esto genera un cambio importante en nuestro sistema, ya que los temas ambientales no solamente son mirados desde una perspectiva administrativa, sino que ahora tendrán un cariz penal. Por lo tanto, hay un incentivo detrás de la ley para que las empresas estén preocupadas de estos temas con mayor importancia”, indica el asociado de AZ.
Jaime Viveros señala que los actos de corrupción y el daño al medioambiente afectan derechamente al desarrollo correcto de las democracias, ya que no cumplir con estas temáticas actuales puede desestabilizar política y económicamente a un país. Todo esto daña la inversión, sea local o extranjera. “Se ven afectadas muchas otras aristas que, quizás, en un principio uno no se ven, pero que luego dan cuenta de una corrupción que genera un daño mucho más profundo, que afecta a la industria y los consumidores”, advierte.
Por último, el asociado de Albagli Zaliasnik habla del concepto de ecocidio, que se refiere principalmente a los atentados contra el medioambiente, que antes tenían sanciones administrativas y que hoy tendrán sanciones penales. “Antes, el medioambiente no era un bien jurídico protegido propiamente tal. Había algunas sanciones, por ejemplo, sobre la Ley de Pesca o proteger los recursos hidrobiológicos. Con la nueva ley, eso cambia radicalmente. Y ahora el código establece sanciones penales por los delitos al medioambiente, llamados ecocidio, que es la destrucción total o parcial de un ecosistema”, sentencia.