Expertos del sector eléctrico analizan el estado actual de los PMGD y sus cambios normativos

Los PMGD son definidos como Pequeños Medios de Generación Distribuido, es decir, generan energía a mayor escala que un sistema residencial, pero a menor que un “utility scale”, teniendo como potencia un máximo de 9 MW. A partir de esta potencia, se pueden inyectar sus excedentes a la red de distribuidoras. Expertos del sector analizan en Hágase la Luz su estado actual y las modificaciones que se deberían efectuar.

Por otra parte, en los últimos años, los PMGD han logrado consolidarse como una industria sólida dentro del rubro energético, ofreciendo nuevas oportunidades de inversión y contribuyendo directamente en el desarrollo económico del país. Rafael Loyola, director ejecutivo de APEMEC, explica el concepto y evalúa su presente.

“Esta regulación nace de la Ley Corta 1 (2004) para abordar un problema y ayudar a que los pequeños medios de generación pudieran conectarse y tener un mecanismo de estabilización. Esto se materializó a través de un decreto supremo 244, donde el artículo 41 indicó que se establece y se da la bajada a una estabilización de precios. Cabe recordar que en ese tiempo la energía renovable variable no es lo que representa hoy en día”.

Rafael Loyola, de APEMEC.

El director ejecutivo explica el concepto de precio nuevo a corto plazo, que determina la Comisión Nacional de Energía (CNE) en base a varios factores, siendo uno de ellos la cantidad o la determinación de los contratos que hay en el sector de la transmisión. “Y esos contratos están indexados incluso a los precios de los combustibles. Este precio nuevo finalmente representa cuánto valen los contratos”, agrega.

Sobre las certezas jurídicas de los PMGD, Rafael Loyola indica que el estado tiene las herramientas y debe actuar y modificar el reglamento para solucionar este problema, que es la determinación de precios. “Afecta la certeza jurídica de una inversión, pese a que los inversionistas saben que los cambios normativos son parte de los negocios, igual muchos se abstuvieron de invertir en PMGD, justamente por alertas legales”, señala.

Modificar la norma técnica de los PMGD

Por otra parte, Teresita Vial, directora del Área de Energía y Proyectos en ACU Abogados, señala que hay que revisar la figura de generación de los PMGD, pero con matices. “Es importante hacer una división de lo que es la operación, la remuneración y la regulación de este tipo de proyectos. Desde el punto de vista de la operación, efectivamente ya como en el fondo se superó un umbral que quizás no se estimó. Y no se pudo atajar a tiempo”, explica.

Sobre la cantidad de proyectos conectados, indica la experta, se están inyectando también energía o revirtiendo flujos, por lo tanto, se está inyectando energía al sistema eléctrico. Entonces, agrega, se hace aún más necesario tener un control de la operación de estos proyectos. “Estoy completamente de acuerdo que se modifique la norma técnica y el reglamento, y creo que se va a tener que modificar para efectos de establecer obligaciones del coordinador para monitorearla”, señala.

Teresita Vial llama al Estado a hacerse responsable también de la regulación que genera y esa responsabilidad tiene que ver con mantenerla en el tiempo. “No se entiende que se vuelva a regular dos años después. Por lo tanto, tenemos que empezar a regular con una mirada de mediano o largo plazo. Porque si no, estamos todo el rato parchando y apagando incendios y eso es súper dañino para la regulación y para la inversión”, sentencia.